jueves, 29 de agosto de 2013

Novedades en ayudas para libros de texto

Se publican esta semana importantes novedades sobre las ayudas a libros de texto:
- Ayudas del Ministerio de Educación: se ha publicado la convocatoria para ayudas a enseñanzas no obligatorias (Bachillerato, Formación Profesional, PCPI, Escuelas de Idiomas, de Danza, etc.) y universitarias. El plazo para solicitar la ayuda de las enseñanzas no universitarias es hasta el 30 de septiembre, y hay que hacerlo obligatoriamente online a través de la página web del Ministerio. En este enlace están las instrucciones y el acceso a la solicitud online; y en este otro la convocatoria oficial.
Como ya habéis oído repetidamente en los medios de comunicación, este año las ayudas son inferiores y además vinculadas a los requisitos académicos: los de 1º de Bach o FP tienen que haber sacado al menos un 5,5 de nota media en 4º ESO, hay una cuantía variable en función de una fórmula que contempla el rendimiento académico, etc. Todo muy al "estilo Wert".
- Ayudas de la Junta de Castilla y León: las ayudas no se han convocado todavía ni se sabe cuándo se convocarán, pero la Consejería publica hoy una nota de aviso en la página de educacyl (se puede leer aquí) de que para obtener ayudas de libros para este curso 2013-2014 habrá que presentar la factura o recibo de la adquisición de los libros, con diversos requisitos: a nombre del padre o madre que vaya a pedir la ayuda, una factura por cada hijo, con expresión del curso y etapa de los libros, etc.
La Consejería no para de sorprendernos con sus innovaciones sobre este tema: si a finales de junio se nos dijo que se consideraría como criterio en las próximas ayudas haber participado en bancos de libros, ahora se añade que se requerirá la factura. Y, lamentablemente, todas estas novedades comunicadas tarde y mal, con aire de improvisación. Al final, las ayudas las cobrarán cuatro familias contadas; esperemos que sean las más necesitadas.

miércoles, 7 de agosto de 2013

Ley de Autoridad del Profesorado: innecesaria y peligrosa

La Junta de Castilla y León se ha empeñado en sacar la Ley de Autoridad del Profesorado, y a finales de junio enviaron el proyecto a las Cortes Autonómicas, con mucho bombo y anuncio mediático.
La ley contempla dos puntos como novedades fundamentales: el reconocimiento del carácter de autoridad pública para el profesorado, y la atribución de presunción de veracidad a las declaraciones del profesorado en el ámbito de los expedientes administrativos.
Con el reconocimiento como autoridad pública, se supone que el objetivo perseguido es que, en caso de ser agredido un miembro del profesorado, la agresión se castigue como delito de atentado a la autoridad, penado con 2 a 4 años de prisión.
Para buscar un castigo tan grave, parece que el motivo debería ser igual de grave: unas situaciones conflictivas habituales, con agresiones frecuentes a profesores que no resultaran debidamente castigadas. Sin embargo, el mismo Consejero de Educación de la Junta, Sr. Mateos, reconocía al presentar el proyecto de ley que no hay tal situación conflictiva en Castilla y León (ver artículo en Diario de Burgos). Pues si el conflicto no existe, ¿para qué hace falta ese reconocimiento? Porque la realidad es que la atribución del carácter de autoridad pública en la ley no tendrá ninguna relevancia en el trabajo en el aula. El respeto debido en el aula es algo que se debe lograr conjuntamente por el trabajo y la habilidad del profesor/a y por la colaboración adecuada de padres y madres; no se ganará porque la ley diga que es autoridad pública, que al alumnado le traerá sin cuidado.
En cuanto a la presunción de veracidad, es un elemento que para Fapa-Burgos resulta, además de innecesario, peligroso. En la actualidad ya resulta complicadísimo exigir responsabilidad a un docente en casos, que no es que sean muchos pero existen, de comportamiento inadecuado con los alumnos (menosprecios, insultos, y en algún caso maltrato físico), porque no hay ningún procedimiento establecido con claridad y los alumnos o padres/madres que tienen alguna queja suelen toparse con un muro de desinterés, de silencio y de miradas para otro lado, con la consecuencia final de que generalmente no se hace nada. Pues si, además, resulta que el docente tiene presunción de veracidad respecto de su versión, la situación para los alumnos y las familias va a ser de absoluta indefensión. Será prácticamente imposible que una protesta frente a un docente llegue a alguna parte.
(Por cierto, la "perla" de la presunción de veracidad del profesorado también la prevé la  maldita LOMCE, con lo que, si no cambian las tornas, nos la van a imponer por dos partes).
Desde FAPA-BURGOS rechazamos la Ley de Autoridad del Profesorado por las razones antedichas, y abogamos porque se regule, a nivel estatal, la profesión docente de manera global (el famoso "estatuto del docente" anunciado por el Ministerio a la vez que la Lomce y del que no se ha sabido nada), con sus derechos, su carrera docente, el reconocimiento de su prestigo social, pero también con sus deberes y con un procedimiento concreto para la exigencia de sus responsabilidades.
(Para quien tenga interés en leer más, en este enlace está el anuncio hecho por la Junta de la aprobación del proyecto de Ley, cantando sus bondades; y en en este otro está el texto del borrador de la ley que en su momento se conoció, hace un año. El texto del proyecto que se ha enviado a las Cortes no hay forma de encontrarlo en ningún lado; viva la transparencia).