domingo, 24 de enero de 2021

Entrada en vigor de la LOMLOE. Consejos Escolares

El día 19 de enero ha entrado en vigor la nueva ley educativa, LOMLOE (Ley Orgánica de Modificación de la Ley Orgánica de Educación), que deroga la LOMCE e introduce cambios importantes en la LOE. La redacción definitiva, publicada en el Boletín Oficial del Estado, puede consultarse en este enlace.

El calendario de implantación de la Ley, como sucede siempre con las leyes educativas, llevará varios cursos. En el video que ha publicado el Ministerio sobre este calendario y que puedes ver pinchando aquí, se explica la sucesiva entrada en vigor de las diferentes modificaciones. Casi todo empieza el curso próximo, pero hay novedades que se aplican ya, desde el mismo día 19, y que son las siguientes: 

- Reforma de las competencias de los Consejos Escolares: la LOMLOE les devuelve las competencias decisorias que les había quitado la LOMCE, otorgándoles nuevamente la capacidad de aprobar los documentos fundamentales del Centro (proyecto educativo, programación general anual, etc.), las directrices generales de colaboración del Centro con otras entidades, etc. En el cuadro adjunto podéis ver una comparación entre las competencias que han tenido los Consejos hasta ahora con la LOMCE y las que tiene ahora. Hay una competencia nueva, añadida expresamente por la nueva Ley, que es la aprobación del proyecto de presupuesto (letra l), que es de actualidad inmediata, ya que en la última semana de enero se suelen reunir los Consejos Escolares para debatir las cuentas y los presupuestos. En este caso, el proyecto de presupuesto se debe someter a la aprobación del Consejo.

- Reformas sobre la autonomía de los Centros: se refiere a las novedades sobre el proyecto educativo y cuestiones similares (artículos 120 a 125 de la Ley). No tiene una aplicación inmediata, ya que en la mayoría de los casos las novedades deben ser implementadas por normas autonómicas.

- La selección de directores de los Centros: en la reforma se da más participación a los Consejos Escolares en el proceso de selección de nuevo director/a. Si se abre próximamente algún proceso de estos, deberá atenerse a las nuevas normas. También es significativo que en el caso de renovación de un director en el cargo, en la evaluación debe intervenir el Consejo Escolar, lo cual es una completa novedad respecto a la regulación anterior; pero la Junta de Castilla y León se ha adelantado a convocar la renovación de directores antes de que entrase en vigor la LOMLOE para hacerlo por el viejo sistema, en que la evaluación la hace sólo la Administración. 

- La admisión de alumnado: hay varias novedades en la nueva ley, pero la Junta corrió a efectuar la convocatoria del proceso de admisión para el curso próximo antes de que ésta entrase en vigor, para no tener que aplicar la ley nueva. 

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